domingo, 15 de junio de 2014

Suicidio en los Países Bajos

Cuando en los Países Bajos se prohibió el suicidio bajo pena de ejecución póstuma

Cadalso de Ámsterdam en 1795 dibujado por Gerrit Lamberts (Wikimedia commons)Cadalso de Ámsterdam en 1795 dibujado por Gerrit Lamberts (Wikimedia commons)
Muchos han sido los casos de ejecuciones póstumas que se han llevado a cabo a lo largo de la Historia. Estas consistían en mutilar o ahorcar el cadáver de una persona que tenía alguna cuenta pendiente con la justicia pero que había fallecido antes de haberse podido llevar a cabo el castigo.
Convencidos de que las condenas debían de ser cumplidas, numerosos han sido las ocasiones en las que se ha procedido a ello y muchos los Estados que lo tenían legislado como algo a cumplir a rajatabla. Nadie debía irse de este mundo sin pagar sus cuentas pendientes con la justicia, y si lo hacía para ello lo sometían en una ejecución póstuma, evidentemente más cargada de simbolismo que verdadera represalia.
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Ejecución pública dibujada por Rembrandt en 1664 (Wikimedia commons)Ejecución pública dibujada por Rembrandt en 1664 (Wikimedia commons)Varias son las llevadas a cabo después de haber expirado el condenado e incluso a personas que se les juzgó algunos años o décadas después de haber muerto. Algunos linchamientos y ejecuciones póstumas más conocidas son las que realizaron a los cadáveres de Ricardo III de InglaterraVlad el Empalador, elpapa Formoso o  Benito Mussolini, por poner cuatro ejemplos.
Pero rizando más el rizo de esta‘justicia divina’ a posteriori, entre los siglos XVI y XVIII se impuso en los Países Bajos la norma de castigar casi todos los delitos, por pequeños que éstos fuesen, con la pena de la horca. Era tal el delirio por colgar a cualquiera que incluso se implanrtó un castigo de ejecución póstuma para aquellos que aun no habiendo hecho nada delictivo morían a causa de un suicidio.
El hecho de quitarse uno mismo la vida fue considerado como uno de los mayores delitos que podía cometer alguien, en una época en el que los fanatismos religiosos se extendían rápidamente por toda Europa cental. Calvinistas, Cristianos o Protestantes procedentes de otros puntos del continente se hacían con el control religioso de lo que acabó siendo conocida como ‘Iglesia reformada neerlandesa’.
El suicidio era considerado como uno de los más crímenes más terribles y el resultado de haber caído a la tentación del demonio. Es por ello por lo que se decidió que a aquellos que recurrían a la muerte autoinfligida se les castigaría póstumamente con una ejecución pública a modo de escarnio, siendo los familiares obligados a asistir a dicho acto y sufriendo tal vejación ante sus conciudadanos.
Ilustración de un cadalso de Ámsterdam donde se realizaban ejecuciones póstumas (Wikimedia commons)Ilustración de un cadalso de Ámsterdam donde se realizaban ejecuciones póstumas (Wikimedia commons)Algunas crónicas recogen detallados relatos de algunas de estas ejecuciones póstumas. Destaca una ocurrida en 1668 y en la que el cadáver de un suicida fue colgado y exhibido un 26 de junio, tres días después de que el finado se quitase la vida ahorcándose tras discutir con su esposa, ya que quería que ésta le diese dinero para comprar aguardiente.
Ante la negativa de la mujer de soltar unas monedas para que su marido se las gastase en emborracharse, éste quiso llamar su atención diciendo "Voy a colgarme y que el diablo me lleve consigo", algo a lo que no hizo caso la mujer tras las repetidas veces que ya la había amenazado con dicha expresión. Pero esa vez fue verdad o quizás se le fue de las manos al hombre, muriendo a los pocos minutos. Al descubrir el cuerpo sin vida y avisar a sus vecinos, las declaraciones de éstos a las autoridades explicando la frase pronunciada por el muerto antes de quitarse la vida fue determinante para trasladarlo hasta el Volewijk, la zona destinada para este tipo de ejecuciones póstumas y escarnio público, y colgarlo allí a la vista de todo el mundo.
El amplio abanico de posibles causas por las que alguien decidía suicidarse podía ir desde la locura, motivo por el que no había demasiado ensañamiento y se optaba por un pequeño escarmiento y posterior entierro nocturno en un terreno no consagrado, hasta el que era conocido jurídicamente como ‘ob conscientiam criminis’, que consistía en criminales juzgados y condenados a la pena de muerte y que se quitaban la vida durante el periodo de tiempo en el que permanecían presos a la espera de la ejecución, con la intención de ‘engañar’ a la ley y quitarles el privilegio de acabar con ellos. De ahí que el castigo posterior ya no solo fuese para éste sino para los miembros de la familia, teniendo muchos que terminar marchándose de la población ante la vergüenza a la que habían sido sometidos.

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