miércoles, 24 de mayo de 2017

LOS LANDMARKS Y EL DERECHO CONSUETUDINARIO



Y A LOS SANTOS DE NOMBRE JUAN

LOGIA ISAAC NEWTON N° 7
VENERABLE MAESTRO
QUERIDOS HERMANOS
LOS LANDMARKS Y EL DERECHO CONSUETUDINARIO
Los Landmarks o Antiguos Linderos constituyen las bases sobre las que se rigen la Constitución, Estatuto y Reglamentos de los grandes cuerpos masónicos a nivel mundial.
Landmark, proviene de la palabra inglesa que significa límite, lindero. Es así, que en tiempos antiguos, muchos antes que existieran catastros y notarios, se usaban piedras o hitos para delimitar las rústicas fincas, y para su protección, se penaba severamente a quien intentara cambiarlo.
En la Masonería, los Landmarks son aquellas antiguas y universales costumbres que gradualmente se fueron aceptando o fueran impuestas; sin embargo, su autoridad proviene básicamente de la memoria y de la historia.
Es por eso que Landmark o señal, es la costumbre o regla de acción que existe desde la época en que la memoria del hombre ejercía una influencia no contraria, constituyendo su antigüedad un elemento esencial.
Para comprender el sentido de los Landmarks, debemos enfocar nuestra mirada al derecho sajón, que es distinto al derecho latino que rige en nuestro país. El derecho sajón se basa en la costumbre, que es una práctica social arraigada, distinguiéndose entre las buenas costumbres y las malas costumbres, que pueden ser comunes, pero que no cuentan con la aprobación social.
El Derecho Consuetudinario se entierra en el mismo origen de lo que puede ser un grupo social. Una característica esencial es que la costumbre tenga un uso repetitivo y generalizado, es decir, que se repite a través del tiempo, que sea parte del actuar de una comunidad y que tenga antigüedad. La otra característica esencial, es que exista una conciencia de obligatoriedad, que sea una conducta común de todos los miembros de la comunidad y por tal, se la respete y no se viole sus principios. Sobre estos fundamentos, la costumbre se constituye en una fuente normativa.
Los Landmarks, deben ser comprendidos en este marco de concepto del Derecho Consuetudinario, porque son las señales o límites dentro de los cuales tiene que actuar un masón. Su característica y antigüedad, les dan la fuerza para no ser cambiados y construir los puntos de referencia obligada con el conjunto de rasgos propios y exclusivos de la orden masónica.
Como conocemos, en la masonería se va de la oscuridad a la Luz. El objetivo es la Luz interior o sea la Luz de la realidad sobre la condición de unidad con todo lo que existe. En el Derecho, encontramos que también se busca la Luz; es la luz del Orden, es la luz de la Verdad. En la mayoría de las civilizaciones, la Justicia, que viene a ser sinónimo del derecho, está representada por un búho, orientando su significado que esta ave ve en la oscuridad de la noche, en igual forma el derecho está en búsqueda de la luz.
Si en los actuales momentos se reunieran las autoridades masónicas a nivel mundial y decidieran efectuar cambios en los Landmarks, podrían efectuarlos, pero encontraríamos en la práctica que perderían fuerza su autoridad. Los Landmarks tienen fuerza y autoridad, por tratarse de antiguas y universales costumbres que se han consagrado como las leyes morales que rigen en la Masonería, y que originalmente han sido normas no escritas que se han ido transmitiendo en forma oral de generación tras generación. Lo que sucedió en 1720 y 1723 con los reglamentos compilados por George Payne y posteriormente con la elaboración por Mackey de una lista de Landmarks, no es otra cosa que la recopilación y el recojo de las partes esenciales de reglas tan antiguas como la humanidad.
Los Landmarks son para la Masonería, lo que son los Principios Generales del Derecho para la aplicación del Derecho. Es decir, estos principios generales son doctrinariamente aceptados como fuente de las normas jurídicas, por que se entiende que son verdades jurídicas, notorias, indiscutibles y de carácter general como su mismo nombre lo indica; es por ello que a nivel universal son aceptados como fuente formal del derecho y su origen es tan antiguo como la existencia humana.
Es por ello que nos permitimos sugerir que la inmutabilidad de los Landmarks o Antiguos Linderos, es algo que tenemos que cautelar y preservar por cuanto no solo constituyen unas normas de conducta para un grupo de seres humanos, sino que su antigüedad y universalidad es la esencia para que permanezcan inalterables, y de esta manera conservar la esencia de lo que es, debe ser y será la Masonería. Defender la inmutabilidad de los Landmarks o Antiguos Linderos, es defender la pureza y autenticidad de los principios masónicos, norma de vida establecida para perfeccionar, ennoblecer y cultivar al ser humano.
LOS LANDMARKS
I.
Los modos de reconocimiento.
II.
La División de la Francmasonería en Tres Grados.
III.
La Leyenda del tercer Grado.
IV.
El Gobierno de la Orden a cargo de un Gran Maestro.
V.
Prerrogativa del Gran Maestro de presidir Asambleas.
VI.
Prerrogativa del Gran Maestro de conceder dispensas para conferir grados fuera de
tiempo reglamentario.
VII.
Poder reservado al Gran Maestro para autorizar la fundación de Logias y sus
trabajos.
VIII.
Prerrogativa del Gran Maestro de constituir masones a la vista.
IX.
Necesidad de los Francmasones de asociarse a fin de constituir Logias.
X.
Tres dirigen la Logia: el Maestro y los dos vigilantes.
XI.
Toda Logia debe estar a cubierto
XII.
Todo masón tiene derecho a estar representado en todas las reuniones generales de
la Orden y de instruir a sus representantes.
XIII.
El derecho de apelación de un masón condenado por su Logia.
XIV. El derecho de todo masón de visitar y sentarse en toda Logia regular.
XV. Obligación de retejar a todo visitador no presentado por un miembro de la Logia,
que responda de su regularidad.
XVI. Ninguna Logia puede interferir en los asuntos de otra Logia, ni conferir grados a
hermanos que son miembros de otras Logias.
XVII. Todo masón está sometido a las leyes y reglamentos de la Jurisdicción Masónica en
la cual reside.
XVIII. Para ser iniciado, el sexo masculino, la integridad física, la libertad de nacimiento y
la edad adulta son condiciones ineluctables.
XIX. Creencia en la Existencia de Dios, considerado como el Gran Arquitecto del
Universo.
XX.
Subsidiaria de la creencia en Dios
es la creencia en la resurrección a una vida
futura.
XXI. Un Libro de la Ley constituirá una parte indispensable del moblaje de la Logia.
XXII. La Igualdad de todos los masones.
XXIII. El Secreto de la Institución
XXIV. La fundación de una ciencia especulativa sobre un arte operativo, y el uso
simbólico y la explicación de los términos del arte para los fines de enseñanza
moral o religiosa.
XXV. Intangibilidad de los Landmarks.


LANDMARKS DE MACKEY
1. "Nuestros modos de reconocimiento son inalterables. No admiten variación alguna".
2. "La Masonería simbólica se divide en tres grados: Aprendiz, Compañero y Maestro Masón".
3. "La leyenda del tercer grado es inalterable".
4. "El Gobierno Supremo de la Fraternidad, está presidido por un Oficial llamado Gran Maestro, electo entre los miembros de la Orden".
5. "Es una prerrogativa del Gran Maestro presidir cualquier asamblea Masónica".
6. "Es prerrogativa del Gran Maestro conceder dispensa de intersticios para conferir grados en cualquier tiempo incompleto".
7. "Es prerrogativa del Gran Maestro conceder dispensas para abrir o cerrar Logia".
8. "Es prerrogativa del Gran Maestro hacer Masones a la vista".
9. "Todos los Masones tienen la obligación de congregarse en Logia".
10."El Gobierno de la Fraternidad se congregada en Logia, se ejerce por un Venerable Maestro y dos Vigilantes".
11. "Es un deber de todas las Logias cuando se congregan el de retejar a todos los visitantes".
12. "Todo Masón tiene el derecho de ser representado y de dar instrucciones a su representante, en las Asambleas de las que tome parte".
13. "Todo Masón puede apelar a la Gran Logia de las decisiones de sus Hermanos congregados en Logia".
14. "Todo Masón en uso pleno de sus derechos, puede visitar cualquier Logia regular".
15. "Ningún visitante desconocido puede penetrar a las Logia sin ser cuidadosamente retejado".
16. "Ninguna Logia puede intervenir en los negocios de otra Logia ".
17. "Todo Masón está bajo el dominio de las leyes y reglamentos de la jurisdicción en que resida, aunque no sea miembro de las Logias de la Obediencia".
18. "Las mujeres, los cojos, los lisiados, los esclavos, los mutilados, los menores de edad y los ancianos, no pueden ser iniciados".
19. "Es ineludible, para todos los masones la creencia en la existencia de un principio creador, identificado como Gran Arquitecto del Universo".
20. "Todo Masón debe creer en la resurrección a una vida futura".
21. "Un libro de la ley, no debe faltar nunca en una Logia cuando trabaja".
22. "Todos los masones son iguales".
23. "La Masonería es una sociedad secreta".
24. "La Masonería ha sido fundada como ciencia especulativa sobre el arte operativo, tomando simbólicamente los usos de este arte".
25. "Ninguno de estos Landmarks podrá ser cambiado nunca en lo más mínimo"
Xalapa Enríquez, Ver., 21 de mayo de 2017 E.’.V.’.

Shun Kuga

 

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